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viernes, 15 de abril de 2016
NIA 710: Información comparativa –Cifras correspondientes y estados financieros comparativos. 9-4-16
La Norma Internacional de Auditoría 710 presenta las responsabilidades del auditor en relación a la información comparativa en una auditoría de estados financieros. La naturaleza de la información comparativa depende del marco de referencia de información financiera aplicable, y el auditor puede distinguir dos formas de esta responsabilidad de informar, las cifras correspondientes y estados financieros comparativos. Esta diferencia se hace evidente en los dictámenes de auditoría; para las cifras correspondientes la opinión de los estados financieros se refiere al periodo actual, mientras que para los estados financieros comparativo la opinión debe referirse a cada periodo por el cual se presentan los estados financieros
Alcance: Trata acerca de las responsabilidades del auditor respecto a la información comparativa en una auditoría de estados financieros. Cuando los estados financieros del periodo precedente han sido auditados por otro auditor o no fueron auditados.
Objetivo: Obtener suficiente evidencia de auditoría apropiada sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros ha sido presentada, respecto a todo lo importante, de acuerdo con los requisitos para información comparativa en el marco de referencia de información financiera aplicable; y
•Dictaminar de acuerdo con las responsabilidades de informar del auditor.
Información comparativa Los montos y revelaciones incluidos en los estados financieros respecto a uno o más ejercicios anteriores, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable.
Cifras correspondientes Información comparativa donde se incluyen montos y otras revelaciones del ejercicio anterior como parte integral de los estados financieros del ejercicio actual, y que deben leerse sólo en relación con los montos y otras revelaciones relacionadas con el ejercicio actual (a las que se hace referencia como "cifras del ejercicio actual"). El nivel de detalle que se presenta en las cifras y revelaciones correspondientes obedece principalmente a su relevancia para las cifras del ejercicio actual.
NIA 720: Responsabilidades del auditor relacionadas con otra información en documentos que contienen estados financieros auditados.
Alcance: Aborda las responsabilidades del auditor relacionadas con otra información en documentos que contienen estados financieros auditados y el dictamen correspondiente del auditor.
Responder apropiadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el dictamen correspondiente del auditor
Objetivo: Responder apropiadamente cuando los documentos que contienen los estados financieros auditados y el dictamen correspondiente del auditor incluyen otra información que puede dañar la credibilidad de esos estados financieros y del dictamen del auditor.
NIA 706 - Ejemplo de aplicación Cambios al dictamen estándar por “Otro asunto”
Opinión En nuestra opinión, los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes (o presentan un punto de vista verdadero y razonable de) la posición financiera de la Compañía ABC al 31 de diciembre de 20X1 y (de) su desempeño financiero y sus flujos de efectivo para el cierre del ejercicio en esa fecha, de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera.
(8) El auditor deberá comunicar inmediatamente después del párrafo de opinión y de cualquier párrafo de énfasis, o en otra parte del dictamen del auditor si el contenido del párrafo de otro asunto es importante para la sección.
Otro asunto
Los estados financieros de la Compañía ABC para el ejercicio que terminó el 31 de diciembre de 20X0, fueron auditados por otro auditor (13.a) que expresó una opinión no modificada (13.b) sobre esos estados el 31 de marzo de 20X1 (13.c). (13)
Cuando los estados financieros del ejercicio anterior fueron auditados por otros auditores, se deberá declarar en un párrafo de otro asunto en el dictamen del auditor:
a) Que los estados financieros del ejercicio anterior fueron auditados por el auditor antecesor;
b) El tipo de opinión expresada por el auditor anterior y, si la opinión se modificó, las razones para ello; y c) La fecha de ese dictamen.
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